Camino a la Jubilación: Lo que cada Docente del MINERD debe saber
Un análisis sobre la Ley No. 451-08 y tus derechos adquiridos tras años de servicio al sistema educativo.
Llegar a la etapa de jubilación es un hito trascendental en la vida de cualquier profesional de la educación. Es el reconocimiento a décadas de entrega, formación de ciudadanos y compromiso social.
Es fundamental conocer el Art. 11 de la Ley No. 451-08, el cual establece las pautas para la jubilación automática de los servidores educativos del MINERD.
Escala de Salario y Tiempo de Servicio
El derecho a la jubilación se adquiere en función de los años de servicio y la edad biológica, de acuerdo a la siguiente escala oficial:
| Condiciones de Servicio y Edad | Porcentaje del Salario (%) |
|---|---|
| Haber cumplido 30 años en servicio docente, sin importar la edad. | 100% |
| Haber cumplido 25 años en servicio docente y contar con 55 años de edad. | 90% |
| Haber cumplido 20 años en servicio docente y contar con 60 años de edad. | 85% |
| Haber cumplido 20 años en servicio docente, sin importar la edad. | 60%* |
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